Logo-digitalizadores-01 Kit digital

separador Kit digitalEl programa de ayudas que pone a disposición el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital con el objetivo de financiar los costes de transformación digital a pequeñas y medianas empresas en España.

Ya disponible para empresas de entre 3 y 49 trabajadores.

¿En qué puedo invertir?

Gestión de procesos

cuiner Kit digital

Software para la gestión de restaurantes.

Hardware necesario para la operativa

Servicios adicionales:

Cuadro de mandos

Monitor de cocina

Carta digital

Reservas

QuieroFactura

CuinerPay

8.000€

Comercio electrónico

oidococina Kit digital

 Una app de pedidos a domicilio totalmente personalizada e integrada con el punto de venta

App pedidos a domicilio.

Promociones. 

Programa de fidelización.

Integración punto de venta

Comunicación con clientes.

Encuestas de satisfacción.

2.500€

Requisitos necesarios para poder optar al Kit Digital

 

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Ser una empresa

Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
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No estar en crisis

No tener consideración de empresa en crisis.
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Tener todos los pagos al día

Estar al corriente de las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social.
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Domicilio en UE

Deberá tener el domicilio fiscal en la UE y la facturación que se acredite debe corresponder al mercado español.
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kitdigital Kit digital

¿Cómo solicitar la ayuda?

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Ponte en contacto con nosotros

Ponte en contacto con nosotros y te diremos si cumples con los requisitos para optar a la ayuda y si es así, te pediremos todos los documentos necesarios.
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Solicitamos el bono

Una vez recibamos los documentos necesarios, nos encargaremos de hacer todos los trámites en tu nombre.
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Disfruta de la ayuda Kit Digital

Es hora de invertir en la mejora de tu negocio.

Preguntas frecuentes

Para poder acceder a estas ayudas, tu empresa deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser pequeña empresa, microempresa o persona en situación de autoempleo de conformidad con las definiciones del Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014.
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del citado reglamento.
  • Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
  • No superar el límite de ayudas de minimis.
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.https://www.acelerapyme.es/quieres-conocer-el-grado-de-digitalizacion-de-tu-pyme
  •   FASE 1 (Máximo 3 meses desde que se firma el Acuerdo de Prestación de Soluciones):
    • Indicación de la solución implantada.
    • Acreditación del cumplimiento de requisitos mínimos.
    • Relación clasificada de gastos de la actividad.
    • Factura emitida por el Agente Digitalizador.
    • Conformidad expresa del beneficiario.
    • Pago de los gastos no subvencionables por parte del beneficiario
  • FASE 2 (Máximo 12 meses a contar desde la fecha de la factura):
    • Acreditación del cumplimiento de requisitos
    • Conformidad expresa del beneficiario de la implantación de la solución.

De momento solo irá destinada a empresas de entre 3 y 9, y entre 10 y
49 trabajadores, luego habrá sucesivas convocatorias para empresas con menos
trabajadores y autónomos.

  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y 2 empleados.
  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y 9 empleados.
  • Pequeñas empresas de entre 10 y 49 empleados.
  • Entre 0 y 2 empleados hasta 2.000€ entre comercio electrónico y gestión de procesos.
  • Entre 3 y 9 empleados hasta 6.000€ entre comercio electrónico (máx 2.000€) y gestión de procesos (máx 6.000€).
  • Entre 10 y 49 empleados hasta 12.000€ entre comercio electrónico (máx 2.000€) y gestión de procesos (máx 6.000€).
  • Si se excede del máximo subvencionable.
  • El IVA de la operación.
  • El hardware.
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